"La consagración a Dios: los votos y la vida común"
Los religiosos agustinos con los que te encuentras manifiestan la consagración a Dios por los votos religiosos de pobreza, castidad y obediencia. San Agustín enseña, además, que dichos votos están especialmente marcados por la vida común.
Dice el santo en la Regla “en primer término, ya que con este fin os habéis congregado en comunidad […], tened una sola alma y un solo corazón orientados hacia Dios”. Este signo de caridad confiere a la profesión de los votos su carácter específico.
Los consejos evangélicos de castidad, pobreza y obediencia se profesan en la Orden de San Agustín con votos públicos, es decir, que se emiten ante el Superior legítimo en nombre de la Iglesia. Estos votos pueden ser simples o temporales, solemnes o perpetuos.
Como dice la misma palabra, los votos temporales son los que se hacen por un tiempo determinado, en el caso de la Orden de San Agustín es por un año. Al término de este tiempo, el religioso puede no renovarlos y dejar la vida religiosa o puede solicitar la renovación por otro año más. El Prior General de la Orden puede dispensar, por causa grave, dichos votos en cualquier momento del año.
Los votos perpetuos son los que se emiten para toda la vida. Solamente los puede dejar sin efecto, por causas muy graves, la Congregación Vaticana para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica.
(Constituciones 59-60)